Aclaraciones de la Addenda de la orden "Refugio en el lugar" del Condado de Lake
Aclaraciones de la Addenda de la orden "Refugio en el lugar" del Condado de Lake
Gary Pace MD, MPH
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Condado de Lake, CA (24 de abril de 2020) - Agradecemos a muchos miembros del público y de los medios de comunicación por brindar comentarios sobre el Anexo de la orden "Actualización de Refugio en el Lugar" de ayer (23 de abril) (C20-3, A4), que entró en vigencia a las 2pm.
Como se menciona en el comunicado de prensa que acompaña al Anexo de la Orden, el Anexo de ayer no tenía la intención de restringir aún más la capacidad de las familias que viven en el mismo hogar para participar en actividades esenciales.
La intención era permitir oportunidades adicionales para que las personas y las empresas reanuden algunas actividades de riesgo relativamente bajo, mientras observan el distanciamiento social y se reúnen en grupos de no más de dos.Estas medidas están orientadas a la reanudación gradual de las actividades comunitarias y a la moderación del riesgo adicional que asumen nuestras comunidades. Si bien puede haber otras actividades que conllevan un nivel similar de riesgo inherente, abrir demasiado de una vez podría provocar un aumento de las infecciones. Un enfoque paso a paso es necesario en este momento.
El Anexo de ayer también tenía la intención de habilitar solo las actividades adicionales descritas explícitamente, con las limitaciones señaladas en el Anexo de la Orden. Consulte el Anexo (C20-3, A4) para obtener información específica y tenga en cuenta la siguiente aclaración:
La fecha de vencimiento de la orden existente de Refugio en el Lugar permanece el 3 de mayo de 2020. Próximamente se enviará una extensión del Pedido y / o Pedidos actualizados.El plazo de la Orden y sus restricciones dependerán de las modificaciones que el gobernador haga a las órdenes estatales, y también se basará en la trayectoria de la infección en Lake y los condados vecinos.
La adición del 23 de abril, solo, expira el 1 de junio.
Un Anexo adicional (C20-A5) a la Orden de Refugio en el Lugar, vigente hoy (24 de abril) a las 5pm, acompaña este Comunicado de Prensa y ofrece una aclaración sobre el estado de la navegación y la pesca en el Condado de Lake. Consulte el Anexo de hoy para obtener información específica, pero a la luz de las preguntas recibidas del público, ofreceré la siguiente aclaración aquí:
Los permisos limitados de navegación y pesca se aplican a todas las vías navegables públicas de la ciudad y el condado en el condado de Lake.
Salud Pública también ha sido informada. Hidden Valley Lake está abierto a residentes con restricciones, de acuerdo con el Anexo de Orden de ayer (C20-A4).
Se permite pescar solo desde la costa. No se permite pescar desde embarcaciones.
Nadar en canales no está permitido.
Entendemos que las Órdenes han afectado gravemente a personas y empresas, y han tratado de tomar medidas razonables y basadas en evidencia para promover la Salud Pública durante la crisis de COVID-19. Continuaremos monitoreando todos los indicadores disponibles de la actividad COVID-19, y consideraremos la reintroducción de otras actividades, según corresponda. Nuevamente, las actividades se reiniciarán gradualmente, en interés de la salud pública.
Los riesgos significativos asociados con COVID-19 permanecen. Particularmente a medida que las restricciones comienzan a aflojarse, es esencial que las personas:
Mantenga el distanciamiento social, mantenga una buena higiene y preferiblemente use máscaras cuando esté afuera.
Las poblaciones vulnerables (mayores de 65 años y / o con afecciones médicas crónicas) deben continuar a salvo en casa.
Recomendamos encarecidamente que las personas no crucen las fronteras del condado, ya que esta es una forma importante de propagación del virus.
Para obtener información específica sobre el Coronavirus del Condado de Lake, continúe visitando el sitio web del Departamento de Servicios de Salud del Condado de Lake, http: // health. co. lago . ca. nosotros El Centro de Respuesta de Coronavirus del Condado de Lake tiene recursos valiosos adicionales: https: // lake-co-ca-coronavirus-response-lakecoca. hub. arcgis com /
Si aún tiene preguntas, envíe una solicitud por correo electrónico: MHOAC @ lakecountyca. gobernador
También puede llamar durante el horario comercial: 707-263-8174
Gracias por seguir respetando y protegiendo a sus vecinos al tomar precauciones, de conformidad con las órdenes de salud estatales y locales. Su cooperación con las precauciones recomendadas ha marcado una gran diferencia hasta ahora, y solo será más importante, a medida que las restricciones se aflojen.
Gary Pace MD, MPH
ORDEN DEL OFICIAL DE SALUD No.C20-3; A5
Anexo A5 del 24 de abril de 2020
ACTUALIZACIÓN DE PEDIDO DE REFUGIO EN LUGAR
FECHAS DE PEDIDOS PREVIOS
ORDEN ORIGINAL - 18 DE MARZO DE 2020 y
ORDEN DE ADENDA (A1) - 22 DE MARZO DE 2020
ORDEN DE ADENDA (A2) - 23 DE MARZO DE 2020
ORDEN DE ADENDA (A3) - 06 de abril de 2020
ORDEN DE ADENDA (A4) - 23 DE ABRIL DE 2020
Por favor lea esta orden cuidadosamente. La violación o incumplimiento de esta Orden es un delito menor que se castiga con una multa, encarcelamiento o ambos. (Código de Salud y Seguridad de California § 120295, y siguientes; Código Penal de California §§ 69, 148 (a) (1); Código Administrativo del Condado de Lake Artículo I, Sección 1-10.
Justificación y aclaración de la orden de salud pública C20-3; A4:
1) La intención de la Orden de Salud Pública C20-3 (A4), fechada el 23 de abril de 2020, era permitir oportunidades adicionales para que las personas y las empresas reanuden algunas actividades de riesgo relativamente bajo, mientras observan el distanciamiento social y se reúnen en grupos no mayores de dos. Esas medidas se orientaron hacia la reanudación gradual de las actividades comunitarias y la moderación del riesgo adicional que asumen nuestras comunidades. Si bien puede haber otras actividades que conllevan un nivel similar de riesgo inherente, abrir demasiado de una vez podría provocar un aumento de las infecciones. Un enfoque paso a paso es necesario en este momento.
2) El anexo de ayer también tenía la intención de habilitar solo las actividades adicionales descritas explícitamente, con las limitaciones señaladas en el Anexo de la Orden.Consulte el Anexo (C20-3, A4) para obtener información específica y tenga en cuenta las siguientes aclaraciones:
El Oficial de Salud puede revisar esta Orden a medida que la situación evoluciona, y todos los proveedores de servicios y gerentes de las instalaciones sujetas a esta Orden deben mantenerse actualizados revisando regularmente el sitio web de Salud Pública ( http: // health. Co. Lake. Ca. Us / Coronavirus htm ).
BAJO LA AUTORIDAD DE CALIFORNIA, SECCIONES DEL CÓDIGO DE SALUD Y SEGURIDAD 101040, 101085 Y 120175, EL OFICIAL DE SALUD DEL CONDADO DE LAKE ("OFICIAL DE SALUD") ORDENA LO SIGUIENTE (PARA EFECTUAR 1700 HORAS EL JUEVES 24 DE ABRIL DE 2020):
1) Continúe siguiendo la ORDEN EJECUTIVA del Gobernador N-33-20, fechada el 19 de marzo de 2020, excepto en los casos en que la Orden de Salud local sea más restrictiva.
2)La Orden de Salud Pública C20-3 (con los apéndices 1, 2, 3 y 4) continuará tal como está escrita, excepto por las siguientes aclaraciones:
A . Recreación:
3) Se permite pescar desde la orilla del lago (en áreas donde los parques están abiertos), siempre que se mantenga el distanciamiento social de 6 pies. No hay reuniones de más de 2 personas.
a) Se permite pescar solo desde la costa. No se permite pescar desde embarcaciones.
4) Las motos acuáticas impulsadas por palas que se pueden lanzar a mano están permitidas en vías públicas en las ciudades y áreas no incorporadas del condado de Lake, con un máximo de 2 personas por embarcación. Los veleros están excluidos. Las rampas públicas para botes permanecerán cerradas.
a) Los permisos limitados de navegación y pesca se aplican a todas las vías navegables públicas de la ciudad y el condado en el condado de Lake. Ver pedido C20-3 (A4).
b) No se permite nadar en las vías fluviales.
c) Se desaconseja viajar fuera del condado para acceder a las vías fluviales del condado de Lake.
Además, la fecha y hora de vigencia de la Orden de Salud Pública C20-3 se aclara de la siguiente manera:
La fecha de vencimiento de la orden existente de Refugio en el Lugar permanece el 3 de mayo de 2020. Próximamente se enviará una extensión del Pedido y / o Pedidos actualizados. El plazo de la orden y sus restricciones dependerán de las modificaciones que el Gobernador haga a las órdenes estatales y también se basarán en la trayectoria de la infección en los condados de Lake y sus vecinos.
El Anexo C20-3 (A4) con fecha del 23 de abril de 2020 expirará el 1 de junio de 2020.
Definiciones:
a . Requisitos de distanciamiento social."Requisitos de distancia social" significa e incluye mantener al menos una distancia física de seis pies de otras personas,
b. Lavado de manos adecuado. Lavarse las manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos, o usar desinfectante para manos, con la mayor frecuencia posible,
C . Cubrirse al toser o estornudar (en la manga o el codo, no en las manos),
d. Limpieza regular de superficies de alto contacto
e. No dar la mano.
Cumplimiento La violación de cualquier disposición de esta Orden constituye una amenaza para la salud pública y una molestia pública per se. De conformidad con las secciones 101040 y 120175 del Código de Salud y Seguridad, la sección 3494 del Código Civil y la sección 731 del Código de Procedimiento Civil, el Oficial de Salud o cualquier otro funcionario autorizado del Condado de Lake puede hacer cumplir cualquier violación de esta Orden y reducir la molestia pública mediante la obtención de medidas cautelares de un tribunal de jurisdicción competente.Además, de conformidad con las secciones 26602 y 41601 del Código de Gobierno y la sección101029 del Código de Salud y Seguridad, el Oficial de Salud solicita que el Sheriff y todos los Jefes de Policía del Condado garanticen el cumplimiento y el cumplimiento de esta Orden.
Fecha y hora de vigencia. Esta Orden entrará en vigencia y entrará en vigencia a las 17:00 horas del 24 de abril de 2020, y continuará vigente hasta las 11:59 p. m. el 1 de junio de 2020, o hasta que el Oficial de Salud lo extienda, rescinda, sustituya o modifique por escrito.
Evaluación continua. El Oficial de Salud continuará evaluando la situación que evoluciona rápidamente y puede emitir órdenes adicionales relacionadas con COVID-19 y revisará esta Orden dentro de las dos semanas posteriores a su fecha de vigencia.
Copias de orden.Las copias de esta Orden se enviarán de inmediato: (1) a la Oficina de Salud Pública del Condado de Lake, 922 Bevins Court, Lakeport, California, 95453; (2) publicado en el sitio web del Departamento de Salud Pública del Condado de Lake y (3) proporcionado a cualquier miembro del público que solicite una copia de esta Orden.
Divisibilidad. Si alguna disposición de esta Orden o la aplicación de la misma a cualquier persona o circunstancia se considera inválida por un tribunal de jurisdicción competente, el resto de la Orden, incluida la aplicación de dicha parte o disposición a otras personas o circunstancias, no será afectado y continuará en plena vigencia y efecto. Para este fin, las disposiciones de esta Orden son separables.
Está tan ordenado:
Address/Location
Lakeport Police Department
2025 S Main St
Lakeport, CA 95453
Contact
Emergency: 9-1-1
Non-emergencies: 707-263-5491
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